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IMPOSICIÓN A LA TIERRA

Cuando un senador falta a la verdad

30 de mayo de 2013

Ayer escuchamos parcialmente una discusión  en un programa de radio titulado “la tertulia agropecuaria” (1).

La misma versó sobre el tema del proyecto de extensión del impuesto al patrimonio (IR) a los padrones rurales. El IR lo deben pagar hoy todas las personas cuyo patrimonio supere determinado mínimo y las empresas sobre sus activos. Están exentas las propiedades rurales que integran aquellos.

Este impuesto sustituye al “Impuesto a la Concentración de Inmuebles Rurales” (ICIR) que fuera declarado inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia hace algunas semanas.

Al igual que el ICIR esta modificación del IR no es otra cosa que una modestísima tasa de caminería rural titulada con el pomposo título de “impuesto”. En efecto, se garantiza que lo recaudado irá para obras de caminería rural, de las cuales, obviamente, los estancieros afectados serán primeros beneficiarios.

El monto que se dice recaudará; 60 millones de dólares anuales, es irrisorio.

El precio de la tierra de uso agropecuario del país alcanza los 60.000 millones de dólares. El impuesto, que gravará sólo a un reducido número de propietarios y a uno más reducido aún de muy grandes arrendatarios recaudaría apenas el 1 por mil del precio de los activos.

Considerando aproximativamente que los propietarios gravados lo sean de un 40% del total de la tierra agropecuaria estarían pagando apenas un 2,5 por mil (promedio) del valor de sus activos. Que incluyen a efectos de esta estimación gruesa no sólo la tierra sino también semovientes y maquinaria.

Por comparación, la tasa más baja de Contribución Inmobiliaria Urbana en Montevideo (que aplica a propiedades muy modestas) es de 0,25% del Valor Real del inmueble para aquellos en los cuales el VR es menor a $250.000 (doscientos cincuenta mil pesos uruguayos). Alcanza el 0,75% para los inmuebles con VR entre $250.001 y $625.000. La escala continúa y culmina con un 1,4% de alícuota para los inmuebles cuyo VR supera los $25.000.000.

El valor real (o catastral) de los inmuebles urbanos tiene un cierto retraso con su valor comercial o venal. De todas formas aún los inmuebles sumamente modestos pagan contribución inmobiliaria. Y los más chicos, modestísimas viviendas en lugares de escaso valor inmobiliario pagan aproximadamente la misma tasa (2,5 por mil del valor) que las grandes estancias a las que alcanzará el IP ampliado al sector rural. Todas las demás escalas pagan mucho más, viviendas con valores modestísimos ya pagan una tasa que triplica la de los grandes estancieros.

Un marcado contraste en el planteo del reparto de cargas y obligaciones entre distintas partes de la sociedad. Evidentemente los terratenientes ostentan un poder desmesurado que les permite zafar de cualquier imposición que tenga alguna relación con el valor de sus propiedades y sus rentas.

Digamos una vez más que el total del sector paga apenas un 8% de su Producto Bruto Interno como impuestos mientras que el conjunto de la sociedad paga más de un 25% del PBI total del país.

La discusión en el programa de radio transcurre entre el manido teatro mediante el cual el representante del gobierno el ingeniero Agazzi, actual senador y ex ministro de ganadería agricultura y pesca defiende el impuesto al patrimonio como sucesor del ICIR bajo el supuesto de que “El objetivo no es recaudatorio, esto va a recaudar muy poco de todo lo que recauda el agro; el objetivo es de política, es desestimular la concentración de la propiedad de la tierra.” Y un contador (Diego Bonomi, experto tributario de la Universidad de Montevideo) que alega los perjuicios que el mismo tendría sobre la producción, la inversión y las “garantías jurídicas para los inversores”

Puro teatro.

Se sabe que un impuestito de este monto, que encima se revierte en beneficio directo de los mismos contribuyentes para mejorar la gestión de los camiones que mueven la carga y evitar roturas a los delicados sistemas de suspensión de los Mercedes Benz y otros vehículos de lujo que tripulan los sacrificados terratenientes, no modifica en absoluto la ecuación económica de  estos.
Hay un momento en la larga e inútil discusión, sin embargo, que motiva este trabajo: y es cuando el senador y ex ministro afirma:

 Además existió un impuesto a la concentración de la propiedad de la tierra en una ley sancionada en enero del 68, en el gobierno de Pacheco. Existió por un año, porque en aquel momento había necesidades fiscales. Y se llamaba así: Impuesto a la Concentración de la Propiedad de la Tierra, 8 de enero del 68.página 4 de 7.

Cuando leímos este párrafo no logramos salir del asombro. Porque el senador se las arregla para mentir dos  veces en la misma frase: 1) el impuesto a que hace referencia no se llamaba impuesto a la concentración de la propiedad de la tierra. Se llamaba Impuesto a la Producción Mínima Exigible (IMPROME). 2) no estuvo vigente un año. Estuvo vigente hasta 1979 cuando fue sustituido por el Impuesto a las Actividades Agropecuarias (IMAGRO) básicamente idéntico al  IMPROME.

Sin embargo, el IMAGRO, finalmente derogado en la Ley de Presupuesto de 1996 gravaba la producción potencial de los predios de más de 10.000 hectáreas de superficie con una tasa bruta del 70% de aquella.

Permitía deducir, durante los primeros años de vigencia los gastos empleados en la producción hasta un 40% del monto anterior. Posteriormente el límite para las deducciones era inferior.

Ya en pleno furor de los neoliberales “90” se impone la nueva lógica. Los terratenientes no debían pagar nada o casi nada de impuestos. Y como consecuencia el IMAGRO que bajo el rótulo de “actividad agropecuaria” gravaba en realidad la propiedad de la tierra es sustituido por el Impuesto a las Rentas Agropecuarias (IRAE), un impuesto a la “renta real” o sea a la que declara el explotador del predio, sea éste el propio terrateniente o un arrendatario.

Estamos claramente ante un ejemplo de aquella sentencia Marxiana “la historia se repite, una vez como tragedia y otra como comedia”. Lo que fue un sistema progresivo y radical de imposición a la tierra ha sido eliminado y sustituido por un simulacro.

Y esto ocurre precisamente cuando la rentabilidad entendida en el sentido más   literal, o sea, la capacidad de la tierra para producir renta, es históricamente la más alta, probablemente desde la Colonia.

El absoluto terror que parece permear a todo el sistema político y judicial nacional (la extensa sentencia de la Suprema Corte sobre la constitucionalidad del ICIR no menciona, a pesar de hacer una historia de la tributación nacional a la tierra, al IMPROME ni al IMAGRO) y que hace impronunciable estos nombres demuestra el poder de la clase terrateniente, pero además la repugnante sumisión que los ex-guerrilleros hoy en el gobierno ostentan frente a aquella.

Recordamos que el ex ministro Ernesto Agazzi fue aplaudido por lo más selecto de la oligarquía nacional en la exposición rural del Prado en 2008 cuando con un grupo de manifestantes levantamos un cartel que decía “MUERTE AL LATIFUNDIO”.

Aquellos aplausos resuenan aún cuando este señor se permite faltar groseramente a la verdad para encubrir el hecho de que el país aún bajo gobiernos de extrema derecha tuvo una política de tributación agropecuaria más progresiva que la actual. Que, dicho sea entre paréntesis, nunca fue cuestionada en su constitucionalidad.

1) http://www.espectador.com.uy/1v4_contenido.php?id=265954&sts=1